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jun 17, 2009

Murcia aprueba ordenanza para reducir contaminación lumínica y emisión de GEI


Una nueva ordenanza, pionera en España en el nivel de eficiencia energética exigido, permitirá que Murcia reduzca la contaminación lumínica y la emisión de gases de efecto invernadero.

Noticias Troposfera.org

17/06/2009 ( Fuente: webmurcia.com)

La Junta de Gobierno ha aprobado la Ordenanza Municipal de Regulación de la Eficiencia Energética y prevención de la Contaminación Lumínica del Alumbrado Exterior, realizada en el marco de la Estrategia Local contra el Cambio Climático, en colaboración con ALEM.

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Esta nueva reglamentación fija los criterios de eficiencia energética y de prevención de la contaminación del cielo nocturno que deben cumplir las instalaciones de alumbrado exterior del Municipio tanto públicas como privadas.

Entre las nuevas las medidas incorporadas destaca la exigencia de un nivel de eficiencia energética de clase A para el alumbrado ambiental, es decir alumbrado de menos de 5 metros de altura y de clase A o B para el alumbrado vial de más de 5 metros de altura. Además, se establece un horario de encendido y apagado de la iluminación que debe estar regulado por relojes astronómicos y se prohíbe el uso de lámparas de incandescencia o de vapor de mercurio para alumbrado exterior.

La nueva ordenanza de Murcia es más exigente que la legislación nacional tanto en el nivel de eficiencia energética requerido a las instalaciones como en las medidas de prevención de la contaminación lumínica exigidas, como es la limitación del flujo de luz emitido directamente hacia el cielo.

En este campo, la ordenanza limita en flujo de luz emitido hacia el cielo del alumbrado de más de 5 metros de altura a ser menor de 0,2% es decir prácticamente cero, como medida de prevención de la contaminación del cielo nocturno. Además, se establecen cuatro zonas dentro del municipio: zonas medioambientales protegidas, zonas de la huerta y áreas poco transitadas, zonas residenciales y zonas de alta actividad nocturna y se fijan distintas exigencias para cada una de ellas. Por ejemplo en las zonas medioambientales protegidas no se podrá sobrepasar un nivel de iluminación medio de 5 lux.

Esta ordenanza se aplicará tanto a las instalaciones de alumbrado exterior públicas como privadas, incluyendo alumbrado festivo, publicitario y de iluminación ornamental y alcanza tanto a las nuevas instalaciones como a las existentes. Para las instalaciones existentes tanto públicas como privadas se fija un plazo de 6 años para adaptarse a los nuevos requerimientos.

En la elaboración de la ordenanza han colaborado el Ayuntamiento de Murcia (Servicio de Medio Ambiente, Servicios Industriales y Gerencia de Urbanismo) y ALEM, la Agencia Local de Energía y Cambio Climático de Murcia. Además han aportado sugerencias distintas entidades como la Asociación Cielo Oscuro de la Región de Murcia, la Federación de Asociaciones de Ingenieros Industriales de España, el Colegio de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia, el Colegio de Químicos de Murcia, el grupo de investigación de Astrofísica de la Universidad Politécnica de Cartagena o la Asociación Astronómica de Cartagena.

De esta forma, se cumple otra de las medidas que forman parte de la Estrategia Local contra el Cambio Climático. Esta estrategia es la base para conseguir los compromisos adquiridos con la Unión Europea a través del Pacto de Alcaldes en el que Murcia se compromete a reducir más de un 20% las emisiones de efecto invernadero para 2020.

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