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El compromiso alcanzado en las negociaciones entre el Parlamento Europeo y el Consejo en segunda lectura se ha aprobado por el Consejo. Con esta nueva directiva los Estados miembros podrán aplicar unos "costes externos" a los camiones, complementando así la ya existente infraestructura, diseñada para recuperar los costes de la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura vial.
El Consejo europeo de Asuntos Generales ha adoptado la directiva sobre la “Euroviñeta" en la reunión celebrada 12 de septiembre sin un debate previo. En dicha reunión Italia y España votaron en contra, e Irlanda, los Países Bajos y Portugal se abstuvieron. Con la nueva directiva, los Estados miembros podrán aplicar "costes externos" a los camiones, complementando así la ya existente infraestructura, diseñada para recuperar los costes de la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura vial. Según el Consejo, esta medida tiene por objeto reducir la contaminación del transporte de mercancías por carretera y reducir el flujo de tráfico a través de la recaudación por peajes que tendrán en cuenta el coste por contaminación atmosférica y el ruido debido al tráfico (lo que se llamados costes externos) y ayudar así a evitar la congestión vial. La directiva fue aprobada por el Parlamento Europeo el pasado mes de junio.
Para ayudar a conseguir patrones de transporte más respetuosos con el medio ambiente, el nivel de los peajes variará en función de las emisiones del vehículo, la distancia recorrida y la ubicación y el tiempo en carretera. Además, ahora esta normativa se podrá extender a todas las autopistas. Los Estados miembros también podrán modular la carga de la infraestructura para tener en cuenta la congestión vial, con una tasa de variación máxima del 175% durante las horas punta en un período limitado a cinco horas por día.
Las medidas concretas adoptadas varían desde que los vehículos que cumplan con las normas de emisión más exigentes quedarán exentos de las tasas por contaminación atmosférica durante cuatro años desde que se apliquen las nuevas normas; también significa que los vehículos de la clase de emisiones EURO VI quedarán exentos hasta el 31 diciembre 2017. Además, los vehículos EURO V estarán exentos hasta la fecha de aplicación de las normas EURO VI, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2013. Los vehículos menos contaminantes, EURO VI, los vehículos pesados híbridos y eléctricos, están exentos.
Los Estados miembros tendrán dos años para trasponer la directiva una vez que la aprobación de la misma se publique en el Diario Oficial. Desde ese momento, los Estados miembros deberían, aunque no están obligados, a destinar los ingresos generados por infraestructura y por los costes externos a proyectos en el sector del transporte, concretamente apoyo de la red transeuropea de transporte. Sí que hay sin embargo una obligación de asignación de los cánones de infraestructura con recargos en las regiones de zonas montañosas o de la aplicación simultánea de un margen de recargos por los costes externos a los vehículos más contaminantes.
Leer noticia en fuente original: euroalert.net
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