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jul 22, 2018

España: Unidos Podemos registra en el Congreso su Proposición de Ley de Cambio Climático y Transición Energética


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Común Podem-En Marea presentó esta semana en el Congreso de los Diputados su Proposición de Ley (PdL) de Cambio Climático y Transición Energética, un documento -de casi 150 páginas- en el que incluye toda una batería de medidas para la mitigación y adaptación al cambio climático. Según Podemos, el objetivo último de esa ley es impulsar la transición energética en España desde el actual modelo, “fósil, derrochador y centralizado”, a otro, que sea “renovable, eficiente y descentralizado”.

La PdL establece dos hitos en esa transición: (1) el Objetivo 2030 del 45% del consumo de energía final mediante fuentes de origen renovable (en concreto, se establece el objetivo de generar el 80 % del consumo de energía eléctrica mediante fuentes renovables); y (2) el Objetivo 2050 del 95 % de reducción de emisiones de CO2 respecto a 1990, 100% del consumo de energía final cubierto mediante fuentes de origen renovable y 50% para el objetivo de eficiencia energética.

Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea incluye en esa proposición varias medidas estrella: cierre nuclear en 2024, cierre del carbón en el 25, autoconsumo con balance neto y sin impuesto al Sol, devolución a la titularidad pública de las explotaciones hidroeléctricas cuyas concesiones vayan caducando (además, la prioridad de la hidráulica, en lo que se refiere a la operación, "será el apoyo a la integración en el sistema eléctrico de las tecnologías renovables no gestionables"), rehabilitación energética anual de un mínimo de 200.000 viviendas, auditoría de todos los costes del sector eléctrico en el plazo de un año y renacionalización de Red Eléctrica de España.

Los principios que rigen la PdL son los siguientes: quien contamina paga; responsabilidades comunes pero diferenciadas; acción preventiva y cautela; democratización de los sectores económicos regulados en la PL; justicia social; evidencias científicas; transparencia; enfoque de género; colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas.

La proposición de ley está formada por seis títulos

  • El título I presenta el objeto de la PL, proporciona algunas definiciones y determina los principios y finalidades de la misma.
  • El título II contiene las medidas destinadas a la mitigación del cambio climático; en particular, contiene el grueso de las medidas relacionadas con la transición energética.
  • El título III consta de las propuestas en materia de adaptación al cambio climático.
  • El título IV está dedicado a medidas de fiscalidad ambiental.
  • El título V contiene propuestas para que la transición energética se lleve a cabo siguiendo criterios de justicia social.
  • El título VI presenta las medidas de gobernanza climática.
  • El fomento de la cultura ciudadana respecto a la transición ecológica y el cambio climático.

Propuestas más destacadas de la PdL

* En 2030, establecemos un objetivo de reducción de emisiones de CO2 del 35 % respecto a 1990, un objetivo del 45% del consumo de energía final mediante fuentes de origen renovable (en concreto, se establece el objetivo de generar el 80% del consumo de energía eléctrica mediante fuentes renovables) y una reducción del consumo de energía primaria mediante la implementación de medidas de eficiencia y ahorro del 40% respecto a un escenario business as usual. En 2050, los objetivos son: 95% de reducción de emisiones de CO2 respecto a 1990, 100% del consumo de energía final cubierto mediante fuentes de origen renovable y 50% para el objetivo de eficiencia energética.

* Elaboración y tramitación como ley, cada cinco años, de unos Presupuestos de Carbono desglosados por sectores para los cinco años siguientes, que ayuden a conseguir los objetivos globales de reducción de emisiones. La PL incluye detallados mecanismos de participación ciudadana y coordinación territorial para la elaboración de los Presupuestos de Carbono.

* Obligación por parte del Gobierno de elaborar un Plan Nacional de Eficiencia Energética que, entre otras medidas, incluya la rehabilitación energética anual de un mínimo de 200.000 viviendas, priorizando las actuaciones a los hogares y barrios más vulnerables.

* Auditorías energéticas para empresas con un elevado consumo energético. Las auditorías incluyen un inventario de las emisiones de gases de efecto invernadero resultantes de sus actividades, un análisis de su vulnerabilidad frente al cambio climático y propuestas de adaptación.

* Prohibición de ampliar los permisos de explotación de las centrales nucleares en funcionamiento y de otorgar nuevos permisos, de manera que antes de terminar el año 2024 no haya centrales nucleares operando en España.

* Cierre de las centrales térmicas de carbón con fecha límite el 31 de diciembre de 2025.

* Respecto a las centrales hidroeléctricas, se establece por ley que, sea cual sea su titularidad, la prioridad en su operación será el apoyo a la integración en el sistema eléctrico de las tecnologías renovables no gestionables. Además, a partir del momento de entrada en vigor de la ley, se fija como regla general que cuando la concesión de una central hidroeléctrica caduque, la explotación será asumida por los organismos públicos correspondientes.

* Reforma del mercado eléctrico español, incluyendo un cargo a la sobrerretribución que termine con los «beneficios caídos del cielo» de ciertas centrales de generación.

* Diseño de un nuevo esquema para las subastas renovables, las cuales tendrán como criterio principal de adjudicación el coste de generación de cada tecnología, expresado en EUR/MWh. Además, se incluye la posibilidad de que se establezcan subastas específicas para los sistemas eléctricos insulares, así como zonas en las que haya quedado liberada infraestructura de red por el cierre de centrales de generación.

* Estabilidad para la retribución de las instalaciones existentes de energías renovables, restableciendo la seguridad jurídica en el sector.

* Medidas de democratización del sistema eléctrico, incluyendo:

- La obligación de que, para nuevos proyectos de generación renovable, se abra parte de la inversión a las personas que residan en las proximidades del mismo, así como a cooperativas, pequeñas y medianas empresas y municipios cercanos.

- La posibilidad de otorgar ayudas directas a la inversión para las instalaciones de pequeña potencia promovidas por entidades locales, ciudadanas o cooperativas para el consumo eléctrico de proximidad.

- Una regulación que permitirá el desarrollo del autoconsumo renovable en España. En particular, se elimina el denominado «impuesto al sol» (es decir, los cargos a la energía autoconsumida instantáneamente o almacenada), se simplifican los trámites administrativos para las instalaciones de autoconsumo y se crean esquemas de retribución de la energía vertida a la red. También se permite y se regula el autoconsumo compartido mediante la creación de las redes compartidas.

- La apertura de los mecanismos de gestión de la demanda a la participación de personas consumidoras, directamente o vía agregadores independientes, y en especial a aquellas que tengan elementos de almacenamiento de energía eléctrica.

* Reestructuración de las facturas de la electricidad y del gas

- El término fijo no podrá representar más del 25 % del término variable.

- La parte regulada del término variable será progresiva en su precio a medida que el consumo aumente, con el fin promover el ahorro de energía y las medidas de eficiencia.

- Auditoría de todos los costes del sector eléctrico en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la PL.

* Obligación por parte del Estado de incrementar progresivamente su participación en el capital de Red Eléctrica de España hasta alcanzar el 100 %.

* Declaración de la explotación de la red de distribución como servicio público de titularidad municipal. Los municipios, mancomunidades o asociaciones de municipios que lo deseen tendrán derecho a adquirir y gestionar su red de distribución.

* Medidas para asegurar que no se sobredimensionan las infraestructuras en el sector energético, con el consiguiente perjuicio para los y las contribuyentes, con especial atención a las infraestructuras de gas natural (pues, en tanto que combustible fósil, el objetivo a largo plazo es la reducción de su consumo) y a las interconexiones en el sector eléctrico.

* Prohibición en todo el territorio estatal de la prospección y la extracción de hidrocarburos. En particular, se prohíbe el uso de la fractura hidráulica o fracking.

* Medidas relacionadas con el transporte

- Se establecen los siguientes objetivos mínimos de venta de vehículos eléctricos (turismos) respecto del total de turismos vendidos: 3% en 2020, 25% en 2025, 70% en 2030 y 100% en 2040.

- Se establece como objetivo una penetración del ferrocarril en el transporte de mercancías, expresado en toneladas-kilómetro, del 25% en 2030 y del 50% en 2050.

Administraciones Públicas

* Creación del Fondo de Financiación Verde, cuya finalidad será financiar las medidas de mitigación y adaptación en materia de cambio climático.

* Desinversión Estatal en Combustibles Fósiles: el Estado o cualquier entidad, empresa u organismo dependiente del Estado se abstendrá de invertir, directa o indirectamente, en empresas que se dediquen a la exploración, extracción, refinado, procesado o distribución de combustibles fósiles.

* Reconocimiento de la Investigación y el Desarrollo (I+D) como una herramienta imprescindible para posibilitar la transición hacia un modelo productivo que resulte menos intensivo en consumo de materiales y generación de residuos y, como tal, se fija la obligación de que la suma de inversión pública y privada en I+D alcance el 2 % del PIB en cinco años y el 2,5 % del PIB en diez años desde la aprobación de esta PdL.

* Obligación de las Administraciones Públicas de contratación de suministro eléctrico 100% renovable en todos sus consumos eléctricos; la obligación de las Administraciones Públicas de adquirir, siempre que sea posible, vehículos que no empleen combustibles fósiles; criterios de eficiencia energética en contrataciones para la construcción de nuevos edificios de promoción pública.

* Promoción del desarrollo de sistemas de autoconsumo en las cubiertas de edificios públicos que deberán desempeñar un papel ejemplarizante. Se incentiva también que estos edificios fomenten el trasporte en bicicleta y la movilidad compartida en los centros de trabajo estatales, incluyendo la construcción de aparcamientos de bicicletas protegidos y duchas.

* Obligatoriedad para las ciudades de más de 100.000 habitantes de elaborar un Plan Local de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático.

Transición energética justa

* La PdL incorpora, como elementos esenciales que acompañan al cierre de las centrales nucleares y de carbón, Planes de Transición Justa y elementos de financiación para ellos de modo que se generen empleos locales en sectores sostenibles y se garantice que, en términos netos, no se pierden empleos en las zonas afectadas por dichos cierres.

* Rediseño del bono social eléctrico y creación de un bono social gasista. Ambos tendrán las siguientes características: la renta per cápita del hogar vulnerable es el único criterio de adjudicación; la cuantía del descuento en la factura será la necesaria para que, de acuerdo con su nivel de renta, todos los hogares puedan acceder a un consumo mínimo de energía. Asimismo, se establece la obligación de crear tarifas semejantes para el consumo de agua. En todos los casos, se propone que el coste de la financiación de estas medidas sea asumido por todas las empresas que operen en el sector correspondiente.

Fiscalidad

La PdL del Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea incluye las líneas generales de una reforma fiscal ambiental que contribuya a financiar las medidas de descarbonización del sistema productivo incluidas en ella. Esta reforma fiscal tiene dos características fundamentales: por un lado, pretende cerrar la brecha existente entre la recaudación ambiental en España (que apenas supone un 1,6% del PIB) y la media la Unión Europea (donde representa el 2,4% del PIB). Por otro, se establece como objetivo aumentar la progresividad del sistema fiscal con el fin de reducir la desigualdad económica actuando como mecanismo de redistribución.

* Introducción de un suelo (es decir, un precio mínimo) para el precio de las emisiones de CO2 en el sector eléctrico.

* Reforma del impuesto de matriculación, que pasará a depender íntegramente de las emisiones del vehículo, y del impuesto de circulación, que dependerá de una combinación de emisiones, peso y potencia.

* Reforma del IRPF que establece desgravaciones por el uso de abonos de transporte público, así como por la adquisición de electricidad 100 % renovable.

* Reforma del IVA que establece un nuevo tipo reducido para la energía eléctrica consumida por clientes vulnerables.

Perspectiva de género

Podemos considera la perspectiva de género "un aspecto fundamental de esta Ley, en la medida en que las mujeres son más vulnerables a los efectos del cambio climático, así como a la pobreza energética". Esto se debe principalmente -apuntan- a que las mujeres "son mayoritariamente las responsables de todos los aspectos de la economía de cuidados, una economía que verán muy probablemente sobrecargada como consecuencia de la degradación ambiental". Al mismo tiempo -añaden desde Unidos Podemos-, "lo anterior significa que muchas de las medidas de adaptación serán llevadas a la práctica mayoritariamente por mujeres". Así, la Ley de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea incluye esta perspectiva en diversas medidas a lo largo de todo el texto de la PdL.

* La perspectiva de género debe ser tenida en cuenta en todos los estudios estadísticos prescritos en la PdL en los que sea relevante. En particular, tanto los indicadores como la valoración del impacto definidos en los informes de vulnerabilidad se desglosarán por género cuando proceda, y se incluirá esta perspectiva en el análisis de coste/beneficio.

* La definición del modelo de ciudad al que aspirar reconoce la importancia de incorporar los principios del feminismo al urbanismo promoviendo un modelo de ciudad compacta y con niveles de desigualdad reducidos que redunde en un aumento de seguridad para las mujeres, así como en el desarrollo de sistemas de transportepúblico que faciliten la conciliación entre el trabajo fuera y dentro de las viviendas.

* Se recogen medidas específicas para el fomento de la economía de cuidados, ya que fomentar y profesionalizar estas actividades implica simultáneamente un aumento del bienestar social, una reducción en la brecha de género salarial y un menor consumo de energía y materiales.

* Todos los organismos constituidos como consecuencia de esta ley (Consejo directivo de la AECC, Comité de Expertos sobre Cambio Climático, Mesa ciudadana de Cambio Climático, etcétera) serán paritarios.

Podemos señala las “finalidades principales” de su Ley de Cambio Climático y Transición Energética

* La mitigación del cambio climático; esto es, la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

* El fomento y la regulación de la transición energética en España, entendida como el proceso de transformación de un sistema energético fósil, derrochador y centralizado a otro renovable, eficiente y descentralizado. Asimismo, la transición energética se identifica como pilar fundamental de la transformación del modelo productivo español.

* La adaptación al cambio climático, entendida como la reducción de la vulnerabilidad de los sistemas naturales y humanos respecto de los efectos actuales o esperados del cambio climático.

Leer noticia en fuente original: https://www.energias-renovables.com/panorama/cierre-nuclear-en-2024-cierre-del-carbon-20180720



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