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abr 4, 2006

La juez paraliza la OPA de Gas Natural tras depositar Endesa el aval


La oferta pública de adquisición (OPA) de Gas Natural sobre Endesa ha quedado paralizado tras depositar la eléctrica los 1.000 millones de euros de caución exigidos en el auto del pasado 21 de marzo del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, según la providencia dictada hoy por esta instancia.

Noticias Troposfera.org 04/04/2006

Endesa, que tenía de plazo hasta mañana 5 de abril para formalizar la caución, depositó esta mañana el dinero mediante tres avales de las entidades BBVA, de 500 millones, del Banco Santander, de 250 millones de euros y del Banesto, de 250 millones.

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Así, la juez ha estimado que "reúnen las condiciones exigidas en el auto de fecha 21 de marzo, tanto en cuantía como en en condiciones".

De esta manera, "procede hacer efectiva la suspensión de la tramitación de la OPA" de Gas Natural y "de todos los actos relativos a, o relacionados", es decir, el pacto entre la gasista e Iberdrola, según el escrito judicial al que ha tenido acceso Europa Press.

La juez recuerda que este dinero es para "responder a posibles daños y perjuicios derivados de la adopción y mantenimiento de las medidas cautelares acordadas".

El consejo de administración de Endesa acordó el pasado viernes que depositaría el aval para paralizar la OPA. Tanto el consejero delegado, Rafael Miranda, como el presidente de Endesa, Manuel Pizarro, afirmaron que lo harían por "coherencia".

El máximo órgano de la eléctrica acordó también reservarse el derecho de ejercitar los recursos legales "oportunos" contra la cuantía de dicha caución, ya que la considera "manifiestamente desproporcionada".

De hecho, la eléctrica en un principio había propuesto depositar solo un millón de euros de caución y más tarde pidió presentar otras formas de caución, pero la juez dijo que no era posible.

El consejo de la eléctrica estimó que el aval "no determina ni prejuzga" la existencia o la cuantía de las eventuales responsabilidades que pudieran derivarse de este proceso, "sin que se haya acreditado la existencia de causas para exigirlas".

También valoró el reconocimiento de la "apariencia de buen derecho" por haber mantenido siempre que el pacto entre Gas Natural e Iberdrola podría plantear "graves problemas de legalidad, al encubrir un acuerdo colusorio entre ambas sociedades cuyo objeto o efecto sería el de eliminar a Endesa como empresa competidora y repartirse sus activos", subrayó.

Ambas compañías presentaron un recurso para defender que el pacto que mantienen es legal y no colusorio (de concertación previa para controlar el mercado).

Endesa estima que la suspensión cautelar de la OPA de Gas Natural no afecta al proceso de OPAs sobre la compañía, ya que existe una oferta competidora, la de E.ON, sometida al examen de la CNE. La Comisión Nacional del Mercado de Valores explicó el 24 de marzo que la suspensión de la OPA de Gas Natural no afecta a la tramitación de E.ON.

POSIBLE RETIRADA DEL AVAL

Endesa acordó en su consejo que se reservaba la capacidad de adoptar en cada momento "cualquier decisión procesal que pueda resultar oportuna, incluidas las relativas a la acción cautelar, atendiendo prioritariamente al interés de los accionistas, en función del desarrollo del proceso de OPAs sobre la compañía y de cualquier otra circunstancia sobrevenida que afecte a la situación de hecho existente en la actualidad".

En este sentido, Manuel Pizarro declaró ayer que retiraría el aval una vez que la OPA competidora de E.ON supere los trámites regulatorios ante la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y ante Bruselas y se iguale en el tiempo con la de la gasista en la fase de subasta en sobre cerrado. De esta manera los accionistas podrán elegir entre una y otra.

El presidente de Endesa también dijo que retiraría el aval en caso de Gas Natural e Iberdrola renuncian al pacto de compraventa de activos resultantes en caso de triunfo de la OPA suscrito el 5 de septiembre de 2005.

Igualmente, el consejo hizo "expresa reserva" de las acciones de indemnización de daños y perjuicios que puedan corresponder a la compañía contra Gas Natural e Iberdrola "en el supuesto de que el procedimiento principal confirme la existencia de una concertación ilícita entre ambas compañías".

La providencia publicada hoy tiene su origen en el auto del pasado 21 de marzo del citado juzgado, que a su vez fue motivado por una demanda presentada por Endesa contra Gas Natural e Iberdrola en la que, apelando al artículo 81 del Tratado de la Unión Europea, pedía la nulidad del acuerdo entre las dos sociedades y sostenía que fue concertado antes de la presentación de la OPA. Por ello, demandaba además la suspensión cautelar de la tramitación de la OPA y del acuerdo entre la gasista y la eléctrica.

El artículo 81 del Tratado de la Unión Europea prohíbe todos los acuerdos entre empresas que puedan afectar al comercio entre los Estados miembros y que tengan por objeto "impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado común". En particular, cita acuerdos "para repartirse mercados o fuentes de abastecimiento".


Fuente: Europa Press

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