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sep 28, 2016

Gijón: Las industrias tendrán un año para adaptarse a la nueva ordenanza de calidad del aire


Tras más de un año de encuentros, reuniones y debates con los grupos de oposición y con colectivos como la plataforma contra la contaminación, la junta de gobierno de Gijón aprobó ayer una propuesta definitiva para actualizar la ordenanza de protección del medio ambiente atmosférico, cuya redacción se remonta a 2004.

Ahora el documento iniciará su tramitación ordinaria. Tras su presentación formal en la próxima comisión de Movilidad, Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente, los grupos municipales tendrán diez días para plantear enmiendas antes de que el texto sea sometido a votación en el Pleno. Después se abrirá un periodo de información pública y presentación de alegaciones por parte de la ciudadanía antes de su aprobación final.

El articulado aprobado ayer presenta algunos cambios con respecto a la última versión del borrador presentada hace un mes. Uno de ellos es la inclusión de una disposición transitoria que da a todas las actividades e instalaciones ya en funcionamiento un plazo de un año desde la entrada en vigor de la ordenanza para adecuarse a los contenidos de la misma. Otro son las referencias, hasta ahora inexistentes, a los trastornos relacionados con los olores.

El artículo 7.4, por ejemplo, indica que cualquier actividad susceptible de causar molestias por la emisión de olores, «ya sea en forma de gases o de partículas sólidas o líquidas, deberán ajustarse a lo previsto en esta ordenanza» y añade que, tanto con carácter previo como una vez iniciada la actividad, sus titulares «podrán ser requeridos para que evalúen la incidencia, afectación e impacto generado por los olores en su entorno». En al artículo 46, dedicado a los «recintos de preparación de alimentos» (hornos, obradores, asadores, freidurías, cocinas de locales de hostelería y similares), añade que «si la evacuación de humos a través de chimeneas resultase molesta por la percepción de olores, deberán instalarse filtros de probada eficacia, que se someterán a las operaciones de mantenimiento o sustitución periódicas indicadas por el fabricante».

Verificación quinquenal

Otra novedad, en el apartado dedicado al desarrollo de la función de control e inspección municipal, es el añadido de un párrafo en el artículo 57.2 que establece que «las actividades sometidas a licencia ambiental deben someterse a una verificación general del cumplimiento de las determinaciones ambientales exigibles cada cinco años, siempre que en la licencia o normativa de aplicación no se especifique otro periodo inferior».

Al margen de estas cuestiones, entre las claves de la nueva ordenanza están la regulación de las funciones de la nueva unidad ambiental de la Policía Local, la creación de un registro de incidentes ambientales, la posibilidad de declarar zonas ambientalmente protegidas, la inclusión de un artículo dedicado al almacenamiento de graneles pulverulentos al aire libre y la aprobación de un catálogo de derechos de la ciudadanía.

Leer noticia en fuente original: elcomercio.es



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