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ene 7, 2006

La opa de Gas Natural provocará “daños irreversibles” en el sector, según TDC


El dictamen del Tribunal de la Competencia, que apela a la defensa del interés económico general, considera que los efectos que la concentración genera en el mercado no se compensan ni con condiciones y recomienda al Gobierno que no la autorice.

07/01/2006

La oferta pública de adquisición de Gas Natural sobre Iberdrola provoca “daños irreversibles” en el sector energético español, según el dictamen que ayer hizo público el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). En su informe, el TDC aconseja al Gobierno, que tiene la última palabra en el proceso, que declare “improcedente” la operación de concentración y que no la autorice.

Tras largos y tensos debates entre los nueve miembros del tribunal, el pleno redactó ayer el dictamen, en el que destaca el voto particular y discrepante del presidente, Luis Berenguer, y los vocales Pilar Sánchez (nombrada por el PSOE) y Antonio Castañeda (designado por el PP). El TDC tenía de plazo hasta el 7 de enero para presentar su informe. El pasado lunes, el pleno aprobó por seis votos a favor y tres en contra recomendar prohibir la operación. Ahora, el Ministerio de Economía dispone de un mes para elevar su propuesta al Consejo de Ministros.

El turno del Gobierno

La dureza con la que el TDC valora la opa de Gas Natural sobre Endesa, incluido el pacto para vender después activos a Iberdrola, coloca en una delicada situación a Pedro Solbes, responsable de la cartera, para argumentar su posición. “La venta de activos propuesta por Gas Natural no puede, en ningún caso, restablecer el nivel de competencia efectiva que se perdería con la operación”, señala el informe. Además, el TDC tampoco considera la posibilidad de imponer nuevos requisitos de desinversión. “El tribunal, tras analizar diversas opciones y alternativas, considera que no cabe la aprobación de la operación supeditada al cumplimiento de condiciones que respeten las características necesarias que éstas deberían cumplir (proporcionadas a la operación, accesorias, precisas, de seguro cumplimiento en la práctica, razonables y realistas)”, añade.

Defensa del interés general

El TDC detecta que la operación tiene “profundos efectos sobre el nivel de competencia efectiva” de los mercados de gas y electricidad, pero, además, “altera gravemente la dinámica competitiva en unos mercados en pleno proceso de liberalización”. De esta forma, según el dictamen, la unión de Gas Natural y Endesa “produce una estructura de conglomerado con posición de dominio conjunta en gas y electricidad que modifica, de manera muy notable, los incentivos a la competencia en ambos mercados”.

Este conglomerado incluiría a Repsol YPF, uno de los accionistas mayoritarios de de Gas Natural, lo que, en opinión del tribunal, limita el alcance del Real Decreto de 2000 de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia, por el que se establecían restricciones a la presencia de accionistas comunes en las principales empresas del sector energético, ya que “se derivaría ua pérdida de independencia” de la petrolera, la gasista y la eléctrica.

Para el tribunal, el “problema sustantivo” que subyace n es la desaparición de Endesa como competidor activo en el mercado del gas y la de Gas Natural, como competidor en el eléctrico. Y asegura que no es tanto una cuestión de “proteger operadores, o un número de agentes, ni debe reducirse a un tema de cuotas de mercado”.

“El problema es que la desaparición de este competidor pudiera suponer un grave quebranto de la defensa del interés económico general, en tanto que quedaría dañado el nivel actual y futuro de competencia efectiva. El derecho de libertad de empresa tiene su límite en ese efecto negativo sobre el interés general”.

El secretario de Estado de Comunicación, Fernando Moraleda, afirmó el pasado martes que el Gobierno estudiará los dos informes –el de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que recomendó aprobar la opa con condiciones, y el del TDC– para tomar una decisión y recordó también los precedentes en los que el Gobierno no ha seguido las recomendaciones del tribunal.

1. El pacto con iberdrola, negativo: la venta de activos no repara el perjuicio

El TDC rechaza también el pacto entre Gas Natural e Iberdrola, la segunda eléctrica española, para la venta de activos una vez que la operación fuese aprobada. La designación de Iberdrola como comprador “no sólo no resuelve, sino que potencia los efectos negativos de la operación”. De esta forma, se descartan los argumentos que la gasista presentó al anunciar el acuerdo como una medida para potenciar al resto de competidores.

Además, el informe recalca que“es muy complicado paliar el daño que se causa a la competencia “con un movimiento de enajenación de activos más o menos intenso. No sería sino un intento erróneo de recomponer cuotas de mercados anteriores a la operación”.

Soluciones imaginativas Además, lanza un aviso a navegantes al Gobierno: “Los remedios no pueden ser para la Administración una forma de cooperar con los notificantes mediante la aportación de soluciones imaginativas muy diferentes de las presentadas por estos con el objeto de llevar adelante proyectos inviables desde el punto de vista de defensa de la competencia”.

2. Consumidores: ventajas insuficientes

El TDC intenta ofrecer una visión cualitativa del análisis de la operación de concentración y no sólo cuantitativa, en lo que a la suma de cuotas de mercado se refiere. “El antes y el después supone un salto cualitativo en la dinámica de los mercados”, señala el informe.

El Tribunal considera que la elevada presencia que la gasista tiene en el aprovisionamiento de gas (a precios más baratos) le confiere una posición de ventaja frente sus competidores, que debería trasladarse a los consumidores finales “si se contase con una estructura de mercado que generase los incentivos adecuados”. Sin embargo, a juicio del TDC, la opa supondría “un refuerzo de la integración vertical” de Gas Natural que podría “restringir” la competencia en los mercados de suministro de gas natural, tanto el destinado a generación eléctrica como el dirigido a clientes industriales y residenciales. Además, para el Tribunal es fundamental el papel que los agentes eléctricos están jugando en el mercado gasista, y viceversa, como dinamizadores de la competencia.

La oferta dual de productos (gas y electricidad) que se está realizando a los consumidores ha animado el proceso liberalizador. Endesa, que se ha convertido en el tercer operador de gas, y Gas Natural, que tiene una cuota representativa en electricidad, han alterado el tradicional statu quo de un sector acostumbrado a situaciones de oligopolio.

3. Competidores: fuerte incremento de la posición de dominio

La unión de Endesa y Gas Natural se produce en unos mercados que el Tribunal considera con “elevado nivel de concentración, estructuras poco competitivas e importantes barreras de entrada”. La gasista es el operador dominante en el sector del gas. Por su parte, el negocio de generación eléctrica está muy concentrado y dos empresas, Endesa e Iberdola, dominan el mercado y tienen capacidad de fijar precios por sí solas o a través de concertaciones tácitas. Gas y electricidad son sectores verticalmente integrados (incluyen generación o aprovisionamiento, distribución y suministro al cliente final). Además, se dan asimetrías de información entre los operadores. Por ejemplo, un distribuidor tiene un conocimiento detallado de sus clientes y puede dar acceso privilegiado al comercializador del propio grupo. El TDC considera que la operación “refuerza la posición de dominio de las partes y, adicionalmente, los efectos horizontales se agravan por la desaparición de Endesa y Gas Natural en los mercados del gas y la electricidad, respectivamente”.

El informe advierte de que, por ejemplo, los generadores eléctricos que quieran entrar “dependerían excesivamente de Gas Natural para su abastecimiento”. Además, en una hipotética situación en la que el suministrador de gas tenga una cuota importante en generación, “existen incentivos para que suba los precios de la materia prima”.

4. Distribución y comercialización: menos competidores

De prosperar la opa, desaparecería la actual Gas Natural como uno de los comercializadores más activos en el mercado liberalizado de la electricidad. Sería, en expresión del dictamen del TDC, una pérdida “irreversible”. La fuerte penetración lograda por la compañía catalana en este segmento desde el inicio de la liberalización del sector le ha permitido conseguir una cuota de mercado del 19% en total de clientes y de casi el 8% de energía vendida. Todo ello en un mercado muy atomizado. Aunque en la actualidad hay casi setenta comercializadoras de electricidad, sólo seis de ellas superan el 1% de cuota de mercado, y de éstas, cinco forman parte de los grupos empresariales de los generadores eléctricos.

Otro tanto ocurriría con la distribución de gas. El Tribunal considera en su informe que la operación, de salir adelante, supondría acabar con el “importante papel” de Endesa como distribuidor independiente de gas. Con la integración de las dos compañías, desaparecería el competidor referencial de Gas Natural en cinco CC AA (Andalucía, Castilla y León, Aragón, Extremadura y Valencia).

El tribunal cuestiona que las ventajas para el funcionamiento del mercado alegadas por Gas Natural sean “sustanciales”. Para el TDC, estas eficiencias no se producirán en el corto plazo, y tampoco aumentarán “la capacidad ni los incentivos de la entidad fusionada para actuar de manera procompetitiva”.


 Fuente: Expansión

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