Categories: Noticias Ambientales
      Date: jul 28, 2017
     Title: Asturias: El  Principado autorizó a la Térmica de Soto de Ribera emisiones de contaminación por encima de la ley, según TSJA

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha determinado que una resolución de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias no era conforme a la legalidad. En concreto, al actualizar la Autorización Ambiental Integrada de la central térmica de Soto de Ribera, la Administración regional permitió unas emisiones de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y mercurio casi diez veces superiores a lo establecido por la normativa europea en uno de los dos focos de la instalación y cercanos al doble en el otro.



La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo y que no impone costas, ordena al Principado que adapte la resolución que publicó en agosto de 2015 para daptarla al Real Decreto 815/2013, que transcribe una normativa europea más restrictiva en cuanto a contaminación.

El recurso fue planteado por el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), una asociación de carácter ecologista que ayer acogió con alegría la sentencia. «Nuestra salud y el cumplimiento de las leyes debe estar por encima de las propietarias de las centrales de carbón en España. Las administraciones deben ser más diligentes y en ningún caso pueden autorizar a las centrales a operar incumpliendo la normativa europea» valoró Carlota Ruiz-Bautista, abogada ambiental de IIDMA.

La dueña de la térmica quitó hierro al asunto. «EdP quiere poner de relieve que la central cumple con los límites exigidos por la Unión Europea incluso aunque la sentencia fuese firme. En este sentido, destacamos que Soto 2 se encuentra cerrada y Soto 3 ya dispone de la última tecnología disponible en desnitrificación y desulfuración», indicaron fuentes de la compañía.

Figuraban asimismo en el recurso los ayuntamientos de Ribera de Arriba y de Oviedo. El primero realizó varias alegaciones que fueron desestimadas por el tribunal y el segundo ni siquiera llegó a contestar a la demanda.

La central de Soto, que lleva activa desde 1962, tiene cuatro grupos térmicos, dos de ciclo convencional (solo carbón) y dos de combinado (carbón y gas natural).

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