Categories: Noticias Ambientales
      Date: feb 13, 2017
     Title: Asturias: Oviedo regulará el tráfico, las calefacciones y los crematorios para frenar la contaminación

El Ayuntamiento de Oviedo aprobará una nueva ordenanza de calidad del aire para blindarse contra la contaminación atmosférica. La actual normativa municipal es del año 1994, motivo por el que los responsables municipales consideran que ha llegado el momento de actualizarla.



En 22 años, las exigencias ambientales, las tecnologías para combatir la polución y la legislación han cambiado de forma notoria, y ahora desde la concejalía de Urbanismo ultiman una ley que incluye medidas concretas para actuar en caso de que se superen los límites establecidos. Entre otras medidas, regula la circulación de vehículos, el uso de la calefacción o los hornos crematorios.

La ordenanza ya ha sido publicada y, tras de un proceso de participación ciudadana impulsado por el Gobierno municipal para fomentar las alegaciones -ha recibido más de 100-, el Ejecutivo local está a expensas de responder a esas propuestas de personas físicas, asociaciones o empresas para proceder a su aprobación definitiva. Por el momento no hay una fecha para su entrada en vigor, ya que la escasez de personal en el ayuntamiento está ralentizando los plazos, pero la previsión es que no se demore demasiado en el tiempo.

Entre los aspectos más relevantes que recoge la normativa, que Ignacio Fernández del Páramo, concejal de Urbanismo, califica de «innovadora» en determinados aspectos -como puede ser la regulación de las calderas de biomasa-, se encuentra la posibilidad de elaborar planes y programas, siempre que respete la normativa autonómica de protección de la atmósfera. En esos casos, el ayuntamiento podrá elaborar protocolos de actuación y adoptar medidas de restricción de tráfico. De la misma forma, cuando en una zona exista una concentración excesiva de actividades y den lugar a la superación de los niveles de inmisión establecidos, el consistorio podrá declarar esa zona como «Zona ambientalmente Protegida», lo que permitirá establecer unas condiciones más restrictivas y restringir o denegar la concesión de nuevas licencias. Además, con la actualización Oviedo se adapta a las exigencias de la Unión Europea en esta materia.

Estos son algunos de los apartados más llamativos de los contemplados en la normativa:

Calefacción: Desde Urbanismo señalan que los episodios más importantes de contaminación vividos recientemente en la ciudad se debieron a las partículas en suspensión y, aunque reconocen que el control de sus emisiones «en algunos casos supera el ámbito de competencia municipal», sí que pueden actuar en las calderas de calefacción y agua caliente sanitaria. En este aspecto, se regulan «los combustibles que se emplean, las emisiones a la atmósfera y los elementos de depuración que deben colocarse», incluyendo por primera vez en España la regulación de las calderas de biomasa.

Locales: En este apartado se regula la evacuación del aire caliente producto del acondicionamiento de locales o viviendas para que su salida no cause molestias a los ciudadanos. Ya existía un apartado similar en la antigua ordenanza, pero en esta se actualiza.

Focos industriales: Las autorizaciones para su funcionamiento y control dependen del Principado, mediante la Autorización Ambiental Integrada, pero se regula en la ordenanza el ámbito de colaboración con el Principado. Entre otras cosas, se recoge que los titulares de las instalaciones industriales deben remitir periódicamente al ayuntamiento los resultados de los controles efectuados en sus focos de emisión.

Garajes y aparcamientos: La normativa regula los niveles de concentración de contaminantes en su interior y cómo debe hacerse la evacuación de los mismos.

Hornos crematorios: En este apartado se regula por primera vez los hornos destinados específicamente a la incineración de cadáveres de personas, debiéndose instalar en cementerios o asociados a tanatorios y siempre a una distancia mayor a 250 metros de viviendas o lugares de permanencia habitual de personas, como industrias u oficinas.

Fachadas: La nueva ley también regula las medidas que deben tomarse en la construcción, rehabilitación y demolición de edificios, con el objeto de eliminar o minimizar las emisiones de polvo al exterior. En la limpieza de fachadas de edificios, se exige que coloquen un cerramiento de protección que mediante un sistema adecuado evite la emisión del polvo al exterior. Las obras que se realicen en el exterior y que puedan producir polvo, como consecuencia del corte por abrasión de los materiales, circulación de camiones, etc. deberán adoptar medidas adecuadas, «como el empleo de equipos provistos de captación de polvo o pulverización de agua», para evitar su dispersión o afección a terceros.

Vehículos a motor: En el ejercicio de las competencias medioambientales que confieren a los ayuntamientos la normativa en materia de circulación de vehículos y seguridad vial, corresponde a la Policía Local «el inicio de las actuaciones conducentes a la denuncia de las infracciones en materia de emisión de gases contaminantes, trasladando la denuncia a la administración competente». La normativa prevé la posibilidad de restringir el tráfico, «en función de las medidas que se puedan adoptar por el ayuntamiento, como mejora de la calidad del aire o en situaciones especiales de contaminación».

Situaciones especiales: Por último, el documento también regula el procedimiento a seguir en el caso de que a la vista de los valores recogidos por la Red de Vigilancia de la Contaminación Atmosférica, de las previsiones meteorológicas y de la comunicación de comunidad autónoma se puedan «alcanzar o superar los límites de inmisión de contaminación establecidos en la legislación», para ello se establecen una serie de actuaciones a realizar «en función de la gravedad de la situación».

Leer noticia en fuente original: http://www.lavozdeasturias.es/noticia/oviedo/2017/02/12/oviedo-blinda-contra-contaminacion/00031486898900968576158.htm