Categories: Noticias Ambientales
      Date: ene 10, 2017
     Title: Madrid: La Comunidad pone a información pública su protocolo contra la contaminación por NO2

La Comunidad de Madrid saca a información pública su Protocolo Marco de Actuación durante Episodios de Alta Contaminación por NO2 que flexibiliza los límites fijados por el Ayuntamiento de Madrid. El documento establece recomendaciones, ya que son los ayuntamientos los que tienen las competencias.



La presidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, ya manifestaba su rechazo a las restricciones de tráfico durante los pasados episodios por los altos niveles de contaminación de Madrid. El pasado 30 de noviembre EL MUNDO adelantaba que estaba a punto de sacar a consulta pública un protocolo que flexibilizaba los niveles fijados por el Ayuntamiento de Madrid y así lo ha hecho.

El pasado día 2 sacó a información pública en el Portal de la Transparencia de la comunidad el Protocolo Marco de Actuación Durante Episodios de Alta Contaminación por Dióxido de Nitrógeno en la Comunidad de Madrid. El texto lleva fecha de 22 de diciembre y no tiene carácter normativo, si no de asesoramiento, ya que las competencias en esta materia la tienen los ayuntamientos. Es decir, que la Comunidad de Madrid no puede imponer medidas.

Se da la circunstancia que este documento modifica un borrador previo de junio del pasado año que se entregó a los municipios de la región en el que, curiosamente, sí incorpora los niveles que ahora aplica la capital.

La Comunidad de Madrid entiende ahora que adelantar las medidas de restricción del tráfico a la cifras que fija la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unión Europea (UE) es contraproducente, que produce alarma social y el efecto contrario. Por ello, ha obviado el protocolo para actuar en la ciudad por episodios altos de contaminación atmosférica del Ayuntamiento.

El próximo día 23 acaba el periodo de alegaciones hechas por los ciudadanos para incorporar las que entienda al texto.

El Consistorio comienza a tomar medidas restrictivas de tráfico a partir de la concentración de 180 microgramos de dióxido de nitrógeno (NO2) -reducción de la velocidad de la M-30 a 70 Km/h y la Comunidad entiende que es a partir de los 200 cuando ha de comenzar a informarse a la población para que, luego, los municipios apliquen las medidas restrictivas.

«La OMS dice que el nivel de alerta a la población se activa cuando los niveles son de 400 microgramos de dióxido de nitrógeno por metro cúbico. La UE asume ese baremo y además introdujo la necesidad de fijar un nivel de aviso cuando se alcanzan los 200. Es decir, de información a la población antes de que se empiecen a tomar medidas restrictivas. Estas dos referencias se traspusieron a la legislación española a través del Real Decreto 102/2011, que obliga a su cumplimiento tanto a las comunidades autónomas como a los ayuntamientos de más de 100.000 habitantes», precisaba en noviembre a este diario el director general de Medio Ambiente de la Comunidad, Diego Sanjuanbenito.

Fue precisamente, Sanjuanbenito el que elaboró el protocolo ambiental de Ana Botella, sobre el que ha trabaja Ahora Madrid, cuando era concejal de Medio Ambiente en el Ayuntamiento de la capital.

El protocolo regional entiende que en el caso del dióxido de nitrógeno han de aplicar lo que establece el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, que "establece este umbral de alerta en 400 microgramos NO2/m3, considerándose superado, cuando durante tres horas consecutivas, se exceda dicho valor cada hora en lugares representativos de la calidad del aire en un área de, como mínimo, 100 km2 o en una zona o aglomeración entera", según precisa el texto.

"En cuanto a la fijación de límites de emisión, el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, a su vez establece el valor límite horario en 200 microgramos NO2/m , que no podrá superarse en más de 18 ocasiones por año civil y el valor límite anual, en 40 microgramos NO2/m3 como promedio al año".

Así, los niveles de actuación regionales son:

-Preaviso: Cuando en dos estaciones de una misma zona se superan los 200 microgramos NO2/m3 durante dos horas consecutivas -en Madrid son 180 microgramos-.

-Aviso: Cuando en dos estaciones de una misma zona se superan los 250 microgramos NO2/m3 durante dos horas consecutivas.

-Alerta:

Según el protocolo regional, las medidas paliativas se aplicarán "sólo se aplicarán cuando la previsión meteorológica sea desfavorable". Así, las restricciones de tráfico, las medidas informativas y la promoción del transporte público se aplican desde el Escenario 1, en nivel de Preaviso. Se informa a los responsables políticos y organismos oficiales, así como a los ciudadanos; se apoya y promociona el Sistema Integrado de Transporte Público y se aplican las restricciones de tráfico que establezcan los ayuntamientos.

El Escenario 2 se daría cuando hubiese dos días consecutivos con superación del nivel de Preaviso o un día con superación del nivel de aviso. Se tomarían todas las medidas enunciadas anteriormente y complementaría con mensajes más directos a la población más sensible, una mejora de la capacidad del transporte y las restricciones en el transporte pasan por una limitación de la velocidad a 90 Km/h en M-40 y M-45 y de 70 Km/h en aquellos tramos en el resto de la red de carretera de la región.

El Escenario 3 se alcanzaría cuando haya dos días consecutivos con superación del nivel de Aviso. En este punto se adoptarían todas las medidas anteriores y se ampliaría a la reducción de emisiones en los sectores productivos. Las restricciones de tráfico llegarían se extenderían también a la M-50; la limitación de la velocidad a 100 Km/h n los tramos con sistema de regulación variable de velocidad en radiales. La reducción de las emisiones de los sectores productivos se atiene a lo que fije cada municipio, así como la reducción del uso de la calefacción en oficinas de la Administración Pública, la flexibilidad de horarios en las administraciones públicas y la limitación de las operaciones que generen contaminación en las obras pública.

Finalmente, el Escenario 4 de Alerta, se alcanza con que se supere una sola jornada el nivel de Alerta. Se aplican todas las medidas anteriores más un endurecimiento de las restricciones del sector productivo como la aplicación de planes de reducción de emisiones de instalaciones de las empresas que estén afectadas por la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación por sus emisiones; planes de movilidad en empresas de más de 250 trabajadores y planes de reducción voluntaria de emisiones en otras empresas

Protocolo municipal

-Escenario 1: se pone en marcha limitación de la velocidad a la que se puede circular por la M-30 y sus accesos dentro de la M-40 en ambos sentidos a partir de las 6.00 horas. Se aplicará cuando dos estaciones superen un día durante dos horas consecutivas los 180 ug/m3.

-Escenario 2: prohibición de estacionar en todas las zonas reguladas por parquímetros, que es la qeu se activó ayer. Se aplicará cuando dos estaciones superen dos días seguidos durante dos horas consecutivas los 180 ug/m3 o un solo día los 200 ug/m3. La limitación empezaría también a las 9.00 horas y estaría en vigor hasta las 21.00 horas en jornadas laborables y hasta las 15.00 horas los sábados, pero se avisaría como mínimo con 21 horas de antelación.

-Escenario 3: se reduce la circulación en el interior de la almendra central al 50% de los coches; los de matrículas pares podrán moverse los días pares y los de matrículas impares los días impares. Se aplicará cuando dos estaciones superen dos días seguidos durante dos horas consecutivas los 200 ug/m3. Las horas de aplicación es la misma que en el escenario anterior. El horario de alternancia de matrículas pares e impares sería desde las 6.30 hasta las 21.00 horas, pero tendría que notificarse como muy tarde a mediodía de la víspera.

-Escenario 4: se hace extensiva la limitación del tráfico rodado a la mitad de los vehículos a la M-30 y sus accesos. Se aplicará cuando dos estaciones superen tres días seguidos durante dos horas consecutivas los 200 ug/m3 o un solo día los 400 ug/m3. Si persistiera sería cuando podría prohibirse la circulación al 100% de parque móvil.

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